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Alfredo Barros Errázuriz 1953, oficina 1003, Providencia.
Violencia Intrafamiliar VIF

La Violencia que se puede sufrir en una relación no solo se limita a los golpes o a las amenazas.
La violencia puede ser de distintos tipos, como lo son :
Violencia Física
Violencia Psicológica
Violencia Económica
Violencia Sexual
Si eres victima o conoces a alguien que sufre de cualquier tipo de violencia en su relación, te invitamos a que te acerques a nosotros para poder informarte de la mejor manera
¡ Confía e Infórmate con Nosotros !
¿Quién puede demandar ?
El procedimiento de VIF se lleva a cabo ante tribunales de familia. Este se puede realizar por una Denuncia, sin necesidad de un abogado o por Demanda donde el contar con un ABOGADO agiliza y asegurar el éxito del proceso.
Puede realizarlo el cónyuge del ofensor o el conviviente; algún pariente por consanguinidad o por afinidad en toda la línea recta o en la colateral hasta el tercer grado inclusive, del ofensor o de su cónyuge o de su actual conviviente.
También habrá violencia intrafamiliar cuando la conducta ocurra entre los padres de un hijo común, o recaiga sobre persona menor de edad, adulto mayor o discapacitada que se encuentre bajo el cuidado o dependencia de cualquiera de los integrantes del grupo familiar.

Medidas de protección

Si los derechos del menor o adolescente se ven vulnerados el tribunal puede decretar Medidas Cautelares con el fin de asegurar su seguridad y protección.
Algunas de estas medidas pueden ser :
-Confiarlo al cuidado de una persona o familiar
-El ingreso a un programa de familias de acogida
-Suspender el derecho de "visitas"
-Prohibir o limitar la del ofensor presencia en el hogar
-La internación o someterse a tratamiento especializado
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